Traspaso de Visa Colombia
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Mi Visa Hoy S.A.S. ofrecerá servicios de asesoría en la gestión de visas y se encargará de presentar las solicitudes ante la entidad consular correspondiente. Este servicio se enfoca en facilitar el trámite, sin garantizar un resultado, ya que la decisión final depende exclusivamente del cónsul encargado de revisar cada aplicación.
TRASPASO DE VISA COLOMBIA
Es el procedimiento mediante el cual, por solicitud del titular, se autoriza o no la reexpedición de una visa ya expedida, siempre y cuando use la misma nacionalidad con que la obtuvo, en los siguientes casos:
Por pérdida o robo del pasaporte.
- Por cambio de pasaporte si el titular lo desea.
- Cuando la visa se haya expedido con errores de digitación y no se haya solicitado la corrección dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su expedición.
- Por cambio de la razón social del contratante bajo el mismo número de identificación tributaria, o por cambio de cargo dentro de la misma empresa contratante.
- Cuando se requiera adicionar a otro empleador además del autorizado en la visa, siempre que la labor autorizada guarde relación con las actividades de la visa vigente, debiéndose reportar dichas actividades a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y al Ministerio de Trabajo. La adición de actividades no extenderá la vigencia de la visa objeto de traspaso.
Requisitos específicos:
- Cumplir con los requisitos generales de solicitud de visa;
- Aportar copia de la visa que desea traspasar y de la cédula de extranjería correspondiente, cuando aplique;
- Aportar certificado de movimientos migratorios expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia;
- Aportar documento que certifique o acredite la vigencia de las circunstancias o condiciones que dieron lugar al otorgamiento de la visa. Este requisito no aplica para el traspaso de la visa Residente Permanente (R);
- Aportar carta en la que se manifieste el motivo del traspaso;
- Los titulares principales y beneficiarios de visa previa de Residente Permanente (R) que no soliciten su traspaso antes de su expiración, deberán aportar salvoconducto.
La información debe verificarse de manera continua, ya que las embajadas y consulados pueden modificar los requisitos y la documentación sin previo aviso.
Tomado de: Cancilleria.gov.co