Visa No Lucrativa (VSFL)
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Mi Visa Hoy S.A.S. ofrecerá servicios de asesoría en la gestión de visas y se encargará de presentar las solicitudes ante la entidad consular correspondiente. Este servicio se enfoca en facilitar el trámite, sin garantizar un resultado, ya que la decisión final depende exclusivamente del cónsul encargado de revisar cada aplicación.
Visado de Residencia No Lucrativa- Visa Sin Finalidad Laboral
Visado para residir en España sin realizar una actividad lucrativa (laboral o profesional) siempre que disponga de medios de subsistencia garantizados y suficientes. Este visado no autoriza a trabajar.
Pueden obtener también el visado los siguientes familiares:
- El cónyuge o pareja de hecho.
- Los hijos y los ascendientes a cargo que formen parte de la unidad familiar.
Requisitos específicos:
- Formulario de solicitud de visado nacional. (FORMULARIO DE VISADO NACIONAL) Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado.
- Impreso de solicitud de autorización de residencia no lucrativa. Cada solicitante debe completar en todos sus apartados y firmar un ejemplar del impreso EX – 01.
- Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
- Pasaporte válido y en vigor. Se presentará el original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte deberá tener una validez mínima de 1 año y dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más de 10 años.
- Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Se presentará original y copia de los documentos que prueben que el solicitante dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de residencia en España durante el año inicial de autorización de residencia o que acrediten que dispone de una fuente de percepción periódica de ingresos, para sí mismo y, en su caso, para los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 400% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 100% del IPREM por cada familiar a cargo del solicitante. Como ejemplo, se admiten declaraciones de la renta, cuentas bancarias del último año completo, CDTs, certificados de pensiones, etc.
- Seguro de enfermedad. Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España. Por un año de duración.
- Certificado de antecedentes penales. Los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años. En el caso de Colombia, expedido por la Policía Nacional de Colombia, indicando que el solicitante “NO REGISTRA ANTECEDENTES” y apostillado con fines migratorios.
- Certificado médico. Original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. Los certificados médicos se pueden tramitar en cualquier Centro médico a nivel nacional y pueden ser expedidos por cualquier médico de medicina familiar o especialista en medicina interna, acreditado por el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia.
- Prueba de la residencia en la demarcación consular. Solo necesario en el caso de los ciudadanos no colombianos: se aportará Cédula de extranjería (fotocopia por ambas caras) expedida por el Gobierno Colombiano, donde se compruebe la residencia legal y vigente del extranjero en Colombia.
Documentos necesarios para los familiares
Para cada familiar será necesario presentar:
- Todos los requisitos mencionados en los apartados 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8, 9 y 10. Para los menores de edad, la solicitud de visado y la solicitud de autorización de residencia serán firmadas por uno de sus progenitores.
- Documentos que prueben la relación de parentesco con el inversor: certificados de nacimiento o matrimonio expedidos por el registro civil, certificado de registro como pareja de hecho o cualquier otro documento que pruebe la relación como pareja no registrada. Apostillados. En caso de solicitar visado como pareja de hecho, será necesario aportar el certificado de nacimiento colombiano en el que conste inscrita la unión marital de hecho como anotación marginal.
- En el caso de los hijos mayores de edad, documentos que prueben la dependencia económica, el estado civil del hijo y que siguen formando parte de la unidad familiar.
- En el caso de los ascendientes, documentos que prueben la dependencia económica y que forman parte de la unidad familiar.
Cuando sea necesario para valorar la solicitud, la Oficina Consular podrá solicitar documentos o datos adicionales y también podrá convocar al solicitante a una entrevista personal.
La información debe verificarse de manera continua, ya que las embajadas y consulados pueden modificar los requisitos y la documentación sin previo aviso.
Tomado de: https://www.exteriores.gob.es/